Zacatecas, Zac.- A finales de febrero, la entonces precandidata a gobernadora por la coalición Va por Zacatecas, pidió que se sancione por violencia política de género por parte de un funcionario de la Cámara Alta que ha denunciado el presunto trato déspota por parte de la actual legisladora federal.
En su cuenta de Facebook, Pedro Carrera, secretario técnico de la Comisión de Administración que preside Soledad Luévano Cantú en el Senado, hizo una publicación titulada: ‘¿Cómo te ha tratado Claudia Anaya?’, en la que la acusó de maltratar a una empleada.
En su post publicado el 10 de febrero, al cual invirtió recursos económicos para aumentar su alcance, Carrera pide que escriban testimonios sobre el actuar de la senadora, de la cual acusa de prepotencia y ataques de ira.
Varios comentarios mencionaron un trato no adecuado durante los diversos cargos que ha tenido Claudia Anaya Mota durante su trayectoria, varios relacionados con su labor por las personas con discapacidad.
Ante tal hecho, Claudia Anaya durante una sesión en el Senado la legisladora federal hizo un llamado a sancionar al autor de esta campaña por violencia política de género, además de exigir una disculpa pública por el mismo medio que él utilizó.
Ayer, el Trijez, resolvió el expediente TRIJEZ-RR-22/2021 promovido en contra del acuerdo de desechamiento de la Unidad de lo Contencioso Electoral del IEEZ, respecto de la queja que presentó el partido actor en contra de Pedro Carrera, por supuesta violencia política por razón de género en prejuicio de la candidata a la Gubernatura del Estado de Zacatecas, Claudia Edith Anaya Mota.
Del estudio del expediente, las Magistradas y Magistrados determinaron que la autoridad electoral responsable (el Ieez) no fue exhaustiva, pues debió profundizar en la investigación a fin de recabar todas las diligencias para tener los elementos necesarios y suficientes, y así determinar sobre la procedencia o no de la queja, sobre todo por tratarse de un asunto relacionado con actos que podrían constituir violencia política contra las mujeres por razones de género.
Por lo anterior, se revocó el acuerdo impugnado y se ordenó a la autoridad responsable reponer el procedimiento especial sancionador.