D.F, Mex.- La Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) formalizó su convocatoria a sesión mañana jueves para proceder a la declaratoria de pérdida de registro de los Partidos del Trabajo (PT) y Humanista (PH) por no haber obtenido por lo menos el 3 % de la votación emitida en la elección federal del 7 de junio.
La Junta fue encabezada por el consejero presidente del Instituto, Lorenzo Córdova, y la integraron el secretario ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina, los directores ejecutivos del Registro Federal de Electores, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización, del Servicio profesional, de capacitación y Educación Cívica y de Administración, además de los titulares de las áreas técnicas del organismo.
Pese a la convocatoria para proceder, en la resolución que ya no pasará por la discusión del Consejo General del INE, la consejera electoral Pamela San Martín ratificó su posición de esperar a que se realice la elección extraordinaria en el distrito 01 de Aguascalientes, que fue anulada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para decidir si el PT reunió el 3 % de votación válida emitida requerida para conservar el registro.
La Constitución establece que se debe alcanzar ese porcentaje en cualquiera de las elecciones -presidencial, de senadores o diputados-. La Ley electoral dice que deben alcanzarse esos votos en la elección ordinaria, al igual que lo indica la Ley General de Partidos.
“A mí me parece que tendría que contarse los votos de los 300 distritos porque es igualmente válido el voto de los ciudadanos que están en un distrito electoral que fue anulado que aquéllos de las elecciones que fueron validadas. Y para tomar una determinación sobre pérdida de registro de un partido se necesita contar los 300 distritos no 299 de ellos”, indicó San Martín.
Explicó que el INE está obligado a tomar una decisión que garantice los derechos de los militantes petistas, todos, no sólo de una parte del país, “el artículo primero de la Constitución nos obliga a dar la interpretación más favorable al ejercicio de derechos”.