D.F, Mex.- La Suprema Corte de Justicia, concluyó este lunes de examinar las acciones de inconstitucionalidad presentadas por partidos políticos nacionales y por diputados locales, en contra de la Ley Electoral de Zacatecas.
Entre otros, los ministros validaron el Artículo Décimo Transitorio, que permite a la autoridad electoral de Zacatecas regular el derecho de réplica, esto porque, aun y cuando ya hay disposiciones a nivel de la Constitución Federal, el Congreso de la Unión no ha emitido aún la ley federal respectiva.
Fue el ministro Alberto Pérez Dayán explicó que debido a que el derecho de réplica está ligado a los derechos humanos, su ejercicio se debe garantizar.
“Se estimó que las disposiciones que regulaban el derecho de réplica, por ahora y en tanto no fuera legislado, en materia federal, correspondería única y exclusivamente a los medios de comunicación y la competencia abarque la entidad federativa en específico, esto es, parece difícil suponer que la legislación en el caso concreto de una entidad federativa como lo es Zacatecas, pudiera llevar a la orden o cualquier otra disposición que pudiera regular a los medios que son operados bajo el sistema de concesiones a nivel federal”.
La corte también invalidó las reglas para el reparto de diputados locales plurinomales, debido a que permitían la sobrerrepresentación.
Además, dio al Congreso de Zacatecas un plazo no mayor a 60 días para que emita otras reglas que se apeguen a la Constitución Federal.