Andrés Vera – PM
Zacatecas, Zac.- Dado que legisladores de izquierda promovieron recursos de inconstitucionalidad en cuanto a la posibilidad de coaliciones y la paridad de género vertical y horizontal que no homologaban la Ley electoral con disposiciones federales, este jueves habrán de votar sobre actas relativas a dichos temas de dicha norma a nivel local.
El diputado Iván de Santiago indicó que como la Suprema Corte de Justicia de la Nación mandató al Congreso resolviera estos puntos a fin de darle salida al recurso interpuesto por diputados del PRD y Morena, la Comisión Permanente convocó a periodo extraordinario.
Por lo tanto, se espera que la mayoría de los 30 legisladores estén presentes a fin de dar salida al requerimiento.
Cabe recordar que en cuanto al tema de las coaliciones, el artículo 117 de la Ley Electoral del estado señala: » “Los partidos políticos nacionales o estatales con registro, que participen por primera vez en una elección local, no podrán hacerlo en coalición”, sin embargo, existen interpretaciones que dan pie a la jurisprudencia dado que , por ejemplo, en el caso de los partidos Morena y Encuentro Social quienes ya contendieron en un proceso electoral, aunque federal, lograron mantener su registro y por lo tanto, no se les puede negar el derecho de aliarse con otro partido en elección local porque contraviene la Ley de partidos y la Ley Ley General de Institucionales y Procedimientos Electorales concretamente, pues los protege el sesgo en el artículo que debió, en dado caso, aclarar que la coalición no pudiera darse tanto en elección federal y local.
La Ley federal está por encima de la legislación local aún y cuando se trate de procesos electorales locales.
En cuanto a la paridad de géneros, la Ley local no consideró el tema de la paridad horizontal entre los géneros; es decir que 50 por ciento de las candidaturas sean para mujeres y el otro 50 por hombres, puesto que en la Ley Electoral local se incluyó la paridad vertical referente a que las candidaturas de mujeres se pueden cumplir al inscribirlas en las planillas de regidoras pero no propiamente de las aspirantes a alcaldesas.