Andrés Vera – PM
Zacatecas, Zac.- El coordinador del grupo parlamentario del PRD, diputado Iván de Santiago Beltrán, presentó un Proyecto de Decreto a la Legislatura para reformar la Ley de Deuda Pública para el Estado y Municipios de Zacatecas, ésta normatividad legal procuraría el equilibrio presupuestal y la sustentabilidad financiera en el estado.
El legislador señaló que no puede haber finanzas sanas, mientras las estatales y municipales estén en condiciones precarias, por lo que el Poder Legislativo debe mantener la facultad de decidir sobre los montos de financiamiento, el porcentaje de afectación de garantías que comprometan fondos federales, locales, patrimonio del estado y sus municipios en la contratación de deuda pública, y que ésta, solo pueda tener como objetivo la Inversión Pública Productiva, que genere infraestructura y desarrollo a largo plazo.
A la fecha la deuda total de estados y municipios asciende a 489 mil 877 millones de pesos según los informes e indicadores de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público. Particularmente el Estado de Zacatecas registró a partir de 2011, un total de deuda por el orden de $7,376,280,983, de la cual el 92.86% lo contrajo el Gobierno del Estado y el 7.14% los municipios.
La legislatura aprobó el año pasado el endeudamiento del Municipio de Zacatecas y Guadalupe por los montos de 150 y 180 millones de pesos, y en puerta están cuatro créditos más. Cabe mencionar que en su gran mayoría los créditos han sido adquiridos, otorgando por garantía las participaciones federales.
Este contexto se deriva por que en el marco jurídico nacional que regula a las entidades federativas y municipios para contraer directa o indirectamente obligaciones o empréstitos es el artículo 117 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. También establece las hipótesis y modalidades bajo las cuales se podrá contraer una deuda o empréstito.
Asimismo faculta a las entidades federativas a través de sus legislaturas a establecer sus propios parámetros, regular y legislar sobre las bases, montos, topes y definiciones conceptuales para normar la hacienda pública tanto estatal como municipal en materia de endeudamiento, dejándolos a libre interpretación o “criterio”.
Lo anterior presupone una gama de criterios no homogéneos a nivel federal y en cada una de las entidades federativas. A pesar de que la mayoría de las constituciones y leyes locales recogen de manera general lo que establece la constitución federal.
Conceptos como inversión pública productiva y porcentajes para endeudarse garantizados por participaciones federales son solo algunos de los criterios que tienen significado distinto y variable en todas las entidades federativas. Este es uno de los elementos que los últimos estudios señalan como causante del endeudamiento en exceso e irracional en las entidades y municipios del país.
Argumentó el promovente que el concepto de «inversión pública productiva» es ambigüo en la legislación zacatecana puesto que se define como: «Se entiende por Inversión Pública Productiva, la ejecución de obras públicas, acciones, adquisiciones o manufactura de bienes y prestación de servicios públicos, el mejoramiento de las condiciones, estructura o perfil de la deuda pública vigente o de la que se pretenda contraer, o a cualquier otra finalidad de interés público o social, incluyendo el finiquito de los contratos de prestación de servicios multianuales, siempre que puedan producir directa o indirectamente, un ingreso para el Estado de Zacatecas o sus Municipios, incluyendo además, las acciones que se destinen para apoyar el gasto público en materia de educación, salud, asistencia, comunicaciones, desarrollo regional, industria, comercio, tecnologías de la información, cuidado del medio ambiente, fomento agropecuario, turismo, seguridad pública y combate a la pobreza, que fomenten el crecimiento económico y la equidad social; así como, para cubrir un déficit imprevisto en la Hacienda Pública del Estado o de los Municipios, o bien, aquellas acciones que permitan hacer frente a cualquier calamidad o desastre natural”.
El diputado Iván de Santiago cree que el concepto tiene elemento que atentan contra la naturaleza jurídica del término y peligrosamente abren la posibilidad del endeudamiento poco racional y sin control que pueden poner en peligro las finanzas del Estado y sus municipios al introducir al concepto el termino gasto publico puesto que los endeudamientos pueden crecer de forma exponencial.
Por tal motivo, dijo que es necesario establecer en la legislación zacatecana parámetros claros, reglas de racionalidad, que permitan asumir la responsabilidad hacendaria, sostenibilidad y estabilidad de la hacienda pública del Estado y sus municipios.
En ese contexto esta iniciativa reconoce que la contratación de deuda es la posibilidad de financiar proyectos que impacten el desarrollo del Estado y municipios. Pero la deuda debe manejarse responsablemente y sin desviarse de este objetivo, finalizó.