Andrés Vera – PM
Zacatecas, Zac.- Como medida de oposición al nuevo reglamento de Tránsito en el estado de Zacatecas, en el que se contemplan multas que van desde los 7 mil pesos a quien sea sorprendido con aliento alcohólico conducienco algún vehículo, el líder de Movimiento Ciudadano, Saúl Monreal Ávila informó que el equipo jurídico del partido analiza presentar amparos colectivos ante una ley a la cual llamó «autoritaria».
En la sociedad zacatecana existe molestia porque se contemplen muchas medidas prohibitivas para conductores que culturalmente se asumían como válidas por no existir una Ley que contrarrestara su uso; como hablar por celular al volante, llevar mascotas al interior de vehículos, vidrios polarizados y consumo de estupefacientes, sobre todo alcohol.
El problema radica que no hay una aplicabilidad jurídica para multar a la ciudadanía, además de la corrupción de los agentes de tránsito que es de conocimiento público aunque las autoridades en su retórica la nieguen.
No existen condiciones técnicas para valorar que conductor pudiera estar bajo el influjo del alcohol e impida un manejo adecuado de su unidad automotriz. Tampoco en los pocos operativos de alcoholímetro se cuentan con visitadores o inspectores de Derechos Humanos ni de Contraloría Estatal. Además las multas no procederían ya que la autoridad debe notificar de forma domiciliaría una multa que no podría tener fundamento jurídico pues la percepción de consumo de alcohol de forma empírica, es decir, con el olfato, no representa un tecnicismo fundamentado.
Aunque la iniciativa de fondo pretendería incidir en minimizar los accidentes y muertes provocadas por imprudencia, el sustento en el marco jurídico así como en su aplicación dejan mucho espacio para la corrupción y el abuso de autoridad por parte de los agentes de tránsito.
De tal forma, PerióMetro recomienda grabar audio o video con algún dispositivo móvil al momento de que algún agente pretenda realizar una multa o detención arbitraria. Sin embargo, también se debe aplicar la objetividad, si el conductor no tiene la capacidad física o mental obvia y explícita para conducir un vehículo no podrá haber justificación para exhibir los sesgos de la Ley y promover una anarquía ciudadana.